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Sociedad

De sacar al perro durante la noche a la polémica vecinal

Protección Civil tuvo que realizar un comunicado para aclarar las circunstancias.
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La disputa vecinal se abrió paso en la jornada de ayer después de que la Asociación de Protección Civil manifestara a través de sus redes sociales la limitación de pasear al perro durante el toque de queda establecido por el Gobierno Autonómico.


El estado de alarma vuelve a España con la aprobación por parte del Consejo de Ministros de un decreto que, además, aplica un toque de queda de 23:00 horas a 6:00 horas en todo el país salvo en Canarias. En el caso de Castilla y León este mismo ha sido decretado en unos intervalos horarios de 22:00 horas a 06:00 horas de la mañana.


Unas restricciones de movilidad nocturnas que hacen que muchos vecinos de Carbajosa se hagan la misma pregunta: si tengo perro, ¿podré sacarle por la noche?


La Asociación de Protección Civil hacia saber que no, tras una publicación en sus redes sociales si bien han rectificado esa información esta misma mañana ajustándose a lo ya publicado en el BOE del 25 de octubre de 2020.


No todo el mundo puede estar en casa antes de las 22:00 horas de la noche para sacar a su mascota y es una preocupación que ya existió en el anterior estado de alarma, en el que se impuso un confinamiento domiciliario.


Esto dice el actual decreto de estado de alarma publicado en el BOE: 


Artículo 5. Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.


1. Durante el periodo comprendido entre las 23:00 y las 6:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades:


a) Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.

f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

i) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.


Como se puede observar, no se hace ninguna mención expresa a los paseos con mascotas. Exactamente lo mismo que sucedió en el mes de marzo, cuando tampoco se especificó este asunto.


Se puede entender por tanto que en este nuevo estado de alarma y con la aplicación del toque de queda, que no es posible pasear a nuestra mascota pasadas las 22:00 horas.


La Asociación de Protección Civil también quiso recordar que los Voluntarios no imponen y exigen ninguna medida, ya que su labor altruista es meramente informativa y con el único objetivo de evitar males mayores en el marco de una situación de alerta sanitaria Mundial.


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